El Renspa, una herramienta que comprende a productos y subproductos de origen animal y vegetal, es la base del sistema de trazabilidad georreferenciada denominado Visec Carne, por medio del cual la Argentina podrá seguir exportando carne vacuna a la Unión Europea el año que viene.
El reglamento 1115 de la Unión Europea (Eudr) comenzará a aplicarse a partir del 30 de diciembre de 2026, lo que implica que a partir de esa fecha el ingreso de carne bovina a la UE-27 sólo podrá hacerse a partir de hacienda trazada en todo su ciclo productivo: desde el campo hasta el puerto.
En las pruebas piloto que se están realizando para poner a punto Visec Carne uno de los inconvenientes que se detectaron son Renspa con registros desactualizados, lo que impide implementar la trazabilidad requerida por e reglamento 1115 de la UE-27.
La evaluación realizada por Visec Carne se aplica interceptando la geometría de un Renspa con la cartografía oficial y los registros de áreas naturales protegidas del Sistema Federal de Áreas Protegidas (SFAP) presente en el Centro de Información Ambiental.
En lo que respecta al cumplimiento de la exigencia relativa a pueblos originarios, Visec Carne recurre a la información oficial aportada por la Dirección de Tierras y Registro Nacional de Comunidades Indígenas. En lo que hace a cumplimientos de normativas laborales, la plataforma se basa en registros del Renatre y fuentes oficiales del Ministerio de Capital Humano de la Nación.
En una segunda instancia, como en un Renspa pueden convivir diferentes actividades productivas, el productor debe informar específicamente cuales son los polígonos del establecimiento dedicados a la actividad ganadera.
Esa operación es particularmente importante en los denominados casos especiales, como establecimientos que gestionan leñosas invasoras o cuentan con “cortafuegos” en el marco de planes de gestión e fuegos habilitados por autoridades provinciales.
No se trata de un requerimiento compulsivo, ya que los productores ganaderos que desean seguir exportando carne a la UE-27 deben autorizar expresamente al Senasa que comparta sus registros con Visec Carne. Puede optar por no hacerlo, pero sus vacunos no serán elegibles para elaborar carne con destino a la Unión Europea a partir del año que viene.
El reglamento 1115 de la UE-27 sobre Productos Libres de Deforestación exige a las empresas que comercialicen soja, carne vacuna, madera, cacao, café, palma aceitera y caucho en Europa demostrar que sus productos no provienen de tierras deforestadas después del 31 de diciembre de 2020 y que cumplen con la legislación local. También exige cumplimiento de normativas laborales y no contar con conflictos territoriales con comunidades indígenas.
Bichos de Campo


