Gustavo Idígoras, Presidente del CAA celebró el tratamiento del Proyecto en las Comisiones de Agricultura y en la de Ambiente de diputados, señalando que “un ordenamiento basado en la ciencia es vital para promover el desarrollo productivo sustentable y federal en toda la Argentina”.
A su vez, mediante un comunicado de prensa, el CAA destacó que promover un marco de buenas prácticas es uno de sus objetivos, buscando favorecer la productividad, el valor agregado, la protección del medio ambiente y los altos estándares sanitarios en la producción y comercialización, así como brindar seguridad sanitaria a los trabajadores de las actividades agropecuarias y a las comunidades donde se desarrolla la producción. “Por ello, este proyecto se alinea plenamente con la visión de un sistema agroalimentario competitivo, tecnológicamente innovador y ambientalmente sostenible”, remarcaron.
El proyecto, además de regular las distancias de las zonas sensibles, hace más estrictas las condiciones de aplicación: Las pulverizaciones deberán realizarse únicamente con equipos registrados y bajo parámetros meteorológicos precisos, vientos entre 3 y 15 km/h y un Delta T de entre 2 y 8, siempre con una receta firmada por un ingeniero agrónomo matriculado.
Esa receta será ahora digital y obligatoria, y deberá contener datos del profesional y del usuario, la ubicación georreferenciada del lote, el diagnóstico del cultivo, los productos a aplicar, las condiciones climáticas y la ventana de aplicación prevista.
El sistema incorpora además un componente formativo: aplicadores, asesores y fiscalizadores tendrán que capacitarse cada dos años en Buenas Prácticas de Aplicación (BPAF) a través de entidades oficialmente autorizadas.
En cuanto al parque de maquinaria, los equipos aplicadores deberán pasar verificaciones técnicas periódicas, contar con matrícula identificatoria y estar inscriptos en los registros provinciales y nacionales. También se prohíbe la circulación de equipos cargados dentro de zonas urbanas.
En materia de gestión ambiental, no se permitirá lavar remanentes en cursos de agua y se exigirá el cumplimiento estricto de la Ley 27.279, que regula la gestión de envases vacíos de fitosanitarios.
Las autoridades podrán disponer controles en campo, exigir sistemas de monitoreo en equipos autopropulsados y drones, y aplicar sanciones que irán desde apercibimientos y multas, que podrían alcanzar el equivalente a 1.500 sueldos básicos, hasta clausuras temporarias o suspensión de actividades.
Finalmente, se prevé la creación de programas de vigilancia epidemiológica y ambiental, destinados a monitorear residuos en alimentos y evaluar el impacto de las aplicaciones sobre la salud y el ambiente. Toda esa información será de acceso público, con el objetivo de garantizar transparencia y trazabilidad.
Bichos de Campo


